SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1519/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1519/2002-R

Fecha: 13-Dic-2002

II.7

II.7   En la literal de  fs. 114, que firman el apoderado legal del Consorcio citado y René Costas Paredes, demandante del proceso laboral, numeral 2, se constata la mención a que no se habría cubierto al ex-trabajador mencionado, el aguinaldo de la gestión 2001, “sin que el señor Carlos López le diera una respuesta positiva para su cancelación...”. El referido documento fue presentado por  el demandante, en la ejecución de sentencia del  juicio, con el escrito de 8 de agosto de 2002 (fs. 115), como una respuesta al supuesto fraude procesal, mencionado de contrario.