SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1600/2002 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1600/2002 - R

Fecha: 20-Dic-2002

(fs. 396-399)

Por su parte el recurrido Director de Recursos Naturales y Medio Ambiente de la Prefectura presentó informe (fs. 396-399), en el cual alega: a) que carece de personería, dado que de acuerdo al art. 8 LMA, la autoridad ambiental a nivel departamental es el Prefecto, quien ejerce la representación legal de la Prefectura; b) que estando en trámite la ejecución de la resolución y por imponerse las sanciones correspondientes los comunarios en conflicto llegaron a un acuerdo definitivo el 27 de agosto de 2002, empero al no cumplirse por nota de 9 de octubre ha recomendado al prefecto aplique la sanción prevista en el art. 97-b) del Reglamento Ambiental, de manera que no existe acto ilegal de su parte.