SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1600/2002 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1600/2002 - R

Fecha: 20-Dic-2002

III.3

III.3   Que, en la problemática compulsada, es evidente un conflicto sobre el uso y aprovechamiento de aguas que corresponde ser dilucidado por los jueces agrarios, ya que existen elementos de hecho y de derecho para demostrar y probar, lo cual no puede ser analizado en esta jurisdicción que solo otorga protección ante la vulneración de un derecho firme y consolidado, lo que implica que cuando ese derecho depende de la titularidad sobre algún bien o recurso natural como en el caso planteado, no puede otorgarse protección hasta en tanto no se haya determinado en la vía correspondiente el derecho de propiedad o el derecho en este caso para aprovechar recursos naturales.