Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 114/2002-R
Fecha: 05-Feb-2002
8)
8) Del expediente del proceso seguido en el Tribunal de Honor del Colegio de Abogados de La Paz contra la recurrente, de fs. 59 a 62 se evidencia una certificación del periódico “La Razón”, que establece que el 24 de abril de 1998, María Teresa Montaño contrató sus servicios para publicar un “Aviso Solicitado” relativo a una Resolución del Colegio de Odontólogos, a la que se añadió la frase “Conozca quién es el Dr. Raúl Burgoa Verástegui” conforme se constata de la documental de fs. 107.
- VISTOS:
- 1.
- Fragmento 3
- 2.
- 3.
- 4.
- 3) En 7 de noviembre de 1997, Hadda Burgoa La Forcada formuló denuncia ante el Colegio de Abogados de La Paz contra la recurrente
- 5)
- 6)
- 7)
- 8)
- CONSIDERANDO:
- “el abogado en ejercicio es inviolable por las opiniones que emita en sus defensas o alegatos ante las autoridades, no pudiendo por ellas ser molestado, perseguido, detenido ni procesado”
- la determinación de sus derechos y obligaciones de orden civil, laboral, fiscal o de cualquier otro carácter”
- improcedente
- POR TANTO: