Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 37/2002
Fecha: 04-Abr-2002
INFUNDADO
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 120-6ª de la Constitución Política del Estado, 7-6ª , 79 y siguientes de la Ley N° 1836, declara INFUNDADO el Recurso Directo de Nulidad de fs. 21 a 26 interpuesto por Ismael Montes Postigo, con costas y una multa de Bs. 500.-, que el recurrente deberá depositar a la orden del Tesoro Judicial al tercer día de su notificación con la presente Sentencia, debiendo remitir a este Tribunal el comprobante original correspondiente.