Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 37/2002
Fecha: 04-Abr-2002
V.1.
V.1. Que, de los datos del proceso que se analiza consta que, el II Congreso Nacional Ordinario de CONDEPA-MP fue convocado solamente por 11 de los 44 integrantes registrados del Consejo Nacional Patriótico, extremo por el cual la Corte Nacional Electoral declaró nula dicha convocatoria, además de nulo el mencionado Congreso, por no haberse presentado una participación democrática de la mayoría de los miembros del Consejo Nacional Patriótico.