Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 42/2002-R
Fecha: 19-Abr-2002
I.4.
I.4. Que el art. 82 de la Ley General de Sociedades Cooperativas crea los Fondos de Reserva, de Educación y de Asistencia Social pero no obliga en ningún momento a que suma o porcentaje alguno sea aprovechado por otras entidades, menos por una entidad estatal como INALCO, pretendiendo transferir estos fondos como recursos propios sobre la base del inconstitucional art. 34-b) del Decreto Supremo 12650, lo que constituiría una sangría económica muy fuerte contra Cotes Ltda.