Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 42/2002-R
Fecha: 19-Abr-2002
IV.2.
IV.2. Al efecto, es necesario puntualizar que en cumplimiento al art. 160 de la Constitución Política del Estado, que establece que el Estado fomentará, mediante legislación adecuada, la organización de cooperativas, se dictó la Ley General de Sociedades Cooperativas de 13 de septiembre de 1958, que fue promulgada con el fin de señalar los medios, reglas y objetivos de protección estatal de esta forma de asociación que se fundamenta en el desarrollo de la solidaridad económica, aclarando que esta protección comprende a los sistemas de fiscalización, control, asistencia técnica y dirección económica.