SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 629/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 629/2002-R

Fecha: 04-Jun-2002

Fragmento 4

      Relatan que la referida compensación está demostrada con la escritura pública  de 18 de agosto de 1981, en la que el Gobierno Municipal compensó 9.481 metros cuadrados a favor del Cabildo, encontrándose registrada debidamente en la Oficina de Derechos Reales. Con ese derecho propietario -continúan- el Cabildo, en junio de 1982,  presentó un proyecto de urbanización que fue aprobado por Resolución Municipal Nº 1075/82 de 23 de septiembre de 1982, otorgando luego, el Cabildo, un Poder Especial a Oscar Angulo Torné para que venda los lotes ya fraccionados, lo que efectivamente realizó  en 1989, transfiriendo  doce lotes a favor de los Oficiales de Policía ahora recurrentes, quienes desde entonces se han apersonado constantemente ante la Alcaldía solicitando la “visación” de sus minutas,  pagar los valores e impuestos respectivos,  y en definitiva inscribir sus derechos legalmente en el Registro de Derechos Reales, sin que la entidad señalada haya deferido a su pedido por más de trece años, contrariamente a lo acontecido con Oscar Rómulo Mejía Bustillos, quien efectuó todo el trámite sin problema alguno, logrando inclusive ser posesionado judicialmente en su terreno.