Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 662/2002-R
Fecha: 07-Jun-2002
VISTOS:
VISTOS: En revisión, la Sentencia de 3 de abril de 2002, cursante a fs. 192 de obrados, pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del Recurso de Amparo Constitucional interpuesto por Isaac Shiriqui Vejarano contra Beatriz Sandoval de Capobianco, Limberg Gutiérrez Carreño, Luis Jhonny Vaca Diez, vocales de la Sala Penal Segunda de dicha Corte, y Ángel Maymura Hurtado, Fiscal de Sala; sus antecedentes, y
- VISTOS:
- 1.
- 2.
- a)
- 3.
- 3) A través del escrito presentado el 6 de julio de 1998
- 4)
- 5)
- 6)
- 8)
- CONSIDERANDO:
- “interrupción del término de la prescripción” y la “suspensión del término de la prescripción
- la prescripción se interrumpe con el inicio de la instrucción penal, y comienza a computarse a partir de la última actuación que ésta registre.
- interrupción
- se inició la
- dentro del proceso penal motivo del Recurso que se revisa, no se ha operado la prescripción de la acción penal de acuerdo al art. 101-b) del Código Penal
- POR TANTO: