Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 64/2002
Fecha: 26-Jul-2002
3º
3º Se ordena la remisión de obrados al Ministerio Público a los efectos de que se proceda conforme al art. 85-2 de la Ley 1836 contra Hernán Cortés y Teresa Vera de Gil, Vocales de la Sala Civil Primera y Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa, así como contra Severo Hurtado Ribera, Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social. Se exceptúa de la investigación a Juan Zeballos Salvatierra, Juez Primero en Materia Administrativa, Coactiva Fiscal y Tributaria que cumplió con el deber jurídico de rechazar de inicio la demanda contenciosa-tributaria y sin bien luego la admitió, fue en cumplimiento al Auto de Vista de 04 de marzo de 2002 pronunciado por el superior.
- VISTOS:
- CONSIDERANDO I
- cosa juzgada
- CONSIDERANDO II
- CONSIDERANDO III
- Resolución de 04 de mayo de 2001
- Recurso de Amparo Constitucional
- demanda contencioso-administrativa
- CONSIDERANDO IV
- resoluciones administrativas pasadas en autoridad de cosa juzgada
- Resoluciones Administrativas 37/90 y 38/90
- Resoluciones Administrativas ejecutoriadas
- CONSIDERANDO V
- , vocales de la Sala Civil Primera y Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz
- Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social
- CONSIDERANDO VI
- 3º