Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 64/2002
Fecha: 26-Jul-2002
CONSIDERANDO V
V.1. Que debe dejarse claramente establecido que Juan Zeballos Salvatierra, Juez Primero en Materia Administrativa, Coactiva Fiscal y Tributaria recurrido, mediante Auto de 22 de junio de 2001, rechazó la demanda con el fundamento de que el fenecido proceso contencioso-tributario se encuentra con sentencia ejecutoriada, no pudiéndose suspender el cobro coactivo por ninguna solicitud que pretenda impedir su pago.
- VISTOS:
- CONSIDERANDO I
- cosa juzgada
- CONSIDERANDO II
- CONSIDERANDO III
- Resolución de 04 de mayo de 2001
- Recurso de Amparo Constitucional
- demanda contencioso-administrativa
- CONSIDERANDO IV
- resoluciones administrativas pasadas en autoridad de cosa juzgada
- Resoluciones Administrativas 37/90 y 38/90
- Resoluciones Administrativas ejecutoriadas
- CONSIDERANDO V
- , vocales de la Sala Civil Primera y Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz
- Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social
- CONSIDERANDO VI
- 3º