SENTENCIA CONSTITUCIONAL 64/2002
Fecha: 26-Jul-2002
CONSIDERANDO IV
IV.1.Corresponde a este Tribunal Constitucional, determinar si el recurrido Juan Zeballos Salvatierra, Juez Primero en Materia Administrativa, Coactiva Fiscal y Tributaria, tenía o no competencia para admitir la demanda contencioso tributaria planteada por la C.B.N. S.A. contra la Resolución de 04 de mayo de 2001 pronunciada por el Servicio Nacional de Impuestos Internos, así como para disponer la suspensión de todo trámite.
IV.2. Que es atribución de los jueces en materia administrativa, coactiva fiscal y tributaria, conocer y decidir en primera instancia los procesos contenciosos tributarios, por demandas originadas en actos que determinen tributos y, en general, de las resoluciones jurídicas emergentes de la aplicación de leyes tributarias, conforme establece el art. 157-B) inc. 1) de la Ley de Organización Judicial.
- VISTOS:
- CONSIDERANDO I
- cosa juzgada
- CONSIDERANDO II
- CONSIDERANDO III
- Resolución de 04 de mayo de 2001
- Recurso de Amparo Constitucional
- demanda contencioso-administrativa
- CONSIDERANDO IV
- resoluciones administrativas pasadas en autoridad de cosa juzgada
- Resoluciones Administrativas 37/90 y 38/90
- Resoluciones Administrativas ejecutoriadas
- CONSIDERANDO V
- , vocales de la Sala Civil Primera y Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz
- Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social
- CONSIDERANDO VI
- 3º