SENTENCIA CONSTITUCIONAL 64/2002
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 64/2002

Fecha: 26-Jul-2002

Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social

V.4.     Que dentro de la tramitación del proceso contencioso-tributario que origina el presente Recurso, la Sentencia Constitucional de referencia ha sido de conocimiento de Severo Hurtado Ribera, Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social (quién conoce la causa como emergencia de una excusa presentada por el Juez recurrido); dicha autoridad por Auto de 09 de mayo de 2002 en desacuerdo con el dictamen fiscal, dispone que la excepción de cosa juzgada sea resuelta en sentencia. Determinación ilegal que desconoce el efecto vinculante de las Sentencias Constitucionales, previsto por el art. 44 de la Ley 1836 y como consecuencia se mantiene ilegalmente en suspensión los actos de ejecución, pese a existir en el primer proceso contencioso-administrativo con sentencia que tiene la calidad de cosa juzgada material.