Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 916/2002-R
Fecha: 02-Ago-2002
II.3.
II.3. Ante la demanda de ordinarización presentada por Fanor Montenegro Zurita, el Juez Séptimo de Partido en lo Civil, mediante decreto de 6 de noviembre de 2001 (fs. 23), ordenó que, con carácter previo, adjunte testimonio o copia legalizada del proceso ejecutivo, y “con referencia a los otros documentos acompañados”, se cumpla con el art. 1311 del Código Civil.