SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1049/2002 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1049/2002 - R

Fecha: 02-Sep-2002

III.3

III.3 Que, en el caso planteado, el recurrente si bien renunció al cargo de Alcalde y por tanto le correspondía asumir su función de Concejal, el mismo incurrió en la causal sobreviniente, dado que posterior a dicha renuncia sin solicitar reincorporación inmediata al Concejo asumió otro cargo público en la Prefectura del Departamento, decisión que conforme al art. 26 referido, importa renuncia tácita al cargo de Concejal y por tanto el cese de funciones, de manera que, la negativa del Concejo ante su petición, no constituye acto ilegal alguno que restringa o suprima los derechos acusados de vulnerados, pues con su decisión de asumir otro cargo público, el recurrente renunció al ejercicio de tales derechos, por lo mismo, no puede ahora acusarlos de infringidos.