SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1049/2002 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1049/2002 - R

Fecha: 02-Sep-2002

la renuncia tácita  contemplada por el art. 26 se refiere a la  aceptación de otro cargo público  por parte de un Concejal en ejercicio

“Debe entenderse que la renuncia tácita  contemplada por el art. 26 se refiere a la  aceptación de otro cargo público  por parte de un Concejal en ejercicio;  es decir que se trata de la incompatibilidad sobreviniente establecida por el art. 27, ya que el Concejal que, ejerciendo sus funciones municipales, acepta otro cargo, implícitamente está renunciando a su mandato.”