Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1068/2002-R
Fecha: 09-Sep-2002
II.1.
II.1. El recurrente en las elecciones municipales del 05 de diciembre de 1999 fue elegido como Concejal Municipal por la Segunda Sección de la Provincia Murillo del Departamento de La Paz (fs. 1), habiendo sido designado como Alcalde Municipal por Resolución 011/2001 de 06 de marzo de 2001 (fs. 3-4), posesionado en la misma fecha (fs. 5).
- Vicente Ramos Sánchez contra José Zenobio Mamani Quispe, Freddy Calle Uscamayta, Mario Aluce Aluce y Rogelio Altamirano Quispe, Concejales del Municipio de Mecapaca
- I.1.1. Hechos que motivan el Recurso.
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente violados.
- contra
- I.2.1. Ratificación y ampliación del Recurso.
- a)
- PROCEDENTE
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III.1.
- III.1.2.
- III.1.3.
- III.1.4.
- III.2.1.
- III.2.3.
- III.3.1.