Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1102/2002 - R
Fecha: 13-Sep-2002
II.2
II.2 Que, 18 de enero de 2001, el recurrente presenta memorial ante el recurrido, indicando la dirección exacta del domicilio de su madre en el citado país, solicitando se le cite en ese domicilio a fin de que pueda asumir su defensa (fs. 24 vta.); empero, su apersonamiento fue rechazado por Auto de 2 de marzo de 2001 (fs. 30), contra el cual planteó reposición bajo alternativa de apelación (fs. 32).
- Luis Fernando Velasco Romero, en representación con mandato de su madre Emilia Romero de Velasco
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- procedente
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- II.5
- III.1
- III.2
- III.3
- III.4
- se tendrá por no existente e igualmente el procedimiento que la hubiere
- no ha sido juzgada en proceso legal
- III.5
- APRUEBA