SENTENCIA CONSTITUCIONAL 83/2002
Fecha: 12-Sep-2002
Fragmento 12
Que, de la revisión de antecedentes se constata que el particular Roberto Valda Valda presentó a conocimiento del Fiscal de Distrito a.i., una denuncia por la comisión de la falta grave establecida en el art. 108-15 de la LOMP (abuso de su condición de Fiscal) en contra del Fiscal Asistente recurrente. La autoridad competente (Fiscal de Distrito) verificado el cumplimiento de los requisitos exigidos en los incs. 1 y 2 del art. 115 de la LOMP, dispuso su comparecencia a una audiencia preliminar, habiendo solicitado el imputado las diligencias que consideró pertinentes como es la excepción de incompetencia y recusación, que fueron rechazadas; posteriormente señaló audiencia de procesamiento, recibiéndose las pruebas de cargo y descargo pertinentes, estando pendiente de resolución.
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso.
- I.1.2. Autoridades recurridas y petitorio
- I.3. Alegaciones de la parte recurrida.
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- III.1.
- denuncia
- Fragmento 9
- Fragmento 10
- III.2.
- Fragmento 12
- ordenamiento jurídico prevé la posibilidad de presentar la denuncia directamente a conocimiento de la autoridad competente (Fiscal de Distrito), quien tiene atribución y competencia para señalar la audiencia preliminar y continuar con el trámite disciplinario hasta pronunciar resolución final en primera instancia