Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0004/2003-CDP
Fecha: 31-Ene-2003
c)
c) La pretensión de cobrar por tasas, patentes, corambre no recaudados por la toma física de la Alcaldía de Huanuni, no tienen relación directa con los intereses de los recurrentes por tratarse de daños ocasionados a la entidad edilicia como persona jurídica de Derecho Público, lo propio ocurre con los sueldos y salarios de empleados y trabajadores de dicha Alcaldía;
- Florentino Gómez Ríos, Wenceslao Mamani Choquecallata, Presidente y Secretario del Concejo Municipal de Huanuni, y Gladys Alcalá Miranda, Alcaldesa de dicho Municipio
- I.1
- I.2
- I.3
- I.4
- a)
- c)
- d)
- I.6 Los recurridos
- I.7
- II.1
- señalaron domicilio en Secretaría de Cámara de la Sala Social de la Corte Superior de Oruro,
- II.2
- II.3
- pago de sueldos
- II.4
- 2º DISPONE