Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0004/2003-CDP
Fecha: 31-Ene-2003
I.2
I.2 Devuelto el expediente a la Corte de origen, los recurrentes, en el memorial de 22 de octubre de 2002 (fs.234, solicitaron se proceda a la calificación de los daños y perjuicios, para cuyo efecto, el Tribunal del recurso emitió el Auto 303/2002 de 25 de octubre de 2002 (fs. 236), en el que abrió el término de prueba de 8 días comunes. En 28 de octubre fueron notificadas ambas partes (fs. 237 a 239), mediante cedulón fijado en el tablero de notificaciones de la Corte Superior.
- Florentino Gómez Ríos, Wenceslao Mamani Choquecallata, Presidente y Secretario del Concejo Municipal de Huanuni, y Gladys Alcalá Miranda, Alcaldesa de dicho Municipio
- I.1
- I.2
- I.3
- I.4
- a)
- c)
- d)
- I.6 Los recurridos
- I.7
- II.1
- señalaron domicilio en Secretaría de Cámara de la Sala Social de la Corte Superior de Oruro,
- II.2
- II.3
- pago de sueldos
- II.4
- 2º DISPONE