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    AUTO CONSTITUCIONAL 0004/2003-CDP
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0004/2003-CDP

    Fecha: 31-Ene-2003

    I.2

    I.2       Devuelto el expediente a la Corte de origen, los recurrentes, en el memorial de   22 de octubre de 2002 (fs.234, solicitaron se proceda a la calificación de los daños y perjuicios, para cuyo efecto, el Tribunal del recurso emitió el Auto 303/2002 de 25 de octubre de 2002 (fs. 236), en el que abrió el término de prueba de 8 días comunes. En 28 de octubre fueron notificadas ambas partes  (fs. 237 a 239), mediante cedulón fijado en el tablero de notificaciones de la Corte Superior.

    • Florentino Gómez Ríos, Wenceslao Mamani Choquecallata, Presidente y Secretario del Concejo Municipal de Huanuni, y Gladys Alcalá Miranda, Alcaldesa de dicho Municipio
    • I.1
    • I.2
    • I.3
    • I.4
    • a)
    • c)
    • d)
    • I.6       Los recurridos
    • I.7
    • II.1
    • señalaron domicilio en Secretaría de Cámara  de la Sala Social de la Corte Superior de Oruro,
    • II.2
    • II.3
    • pago de sueldos
    • II.4
    • 2º        DISPONE

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