Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0004/2003-CDP
Fecha: 31-Ene-2003
señalaron domicilio en Secretaría de Cámara de la Sala Social de la Corte Superior de Oruro,
En la especie, los recurridos señalaron domicilio en Secretaría de Cámara de la Sala Social de la Corte Superior de Oruro, en su escrito de 25 de febrero de 2002 (fs. 52), sin que lo hayan modificado posteriormente, motivo por el que no es evidente la falta de notificación con el Auto 303/2002 por el cual la Corte de amparo abrió el término de prueba del trámite de calificación de daños y perjuicios, de acuerdo a lo manifestado en el numeral I.2 de esta Sentencia.
- Florentino Gómez Ríos, Wenceslao Mamani Choquecallata, Presidente y Secretario del Concejo Municipal de Huanuni, y Gladys Alcalá Miranda, Alcaldesa de dicho Municipio
- I.1
- I.2
- I.3
- I.4
- a)
- c)
- d)
- I.6 Los recurridos
- I.7
- II.1
- señalaron domicilio en Secretaría de Cámara de la Sala Social de la Corte Superior de Oruro,
- II.2
- II.3
- pago de sueldos
- II.4
- 2º DISPONE