SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0007/2003
Fecha: 27-Ene-2003
I.1.1.5
I.1.1.5 Afirman que la OM 013/93 de 25 de marzo de 1993, efectivamente reúne todos y cada uno de los requisitos establecidos por el art. 93 LOM, al crear la patente de transformación de ganado en alimento y cuero; sin embargo, de los certificados que adjuntan emitidos por el Oficial Mayor del Senado Nacional, de 3 de septiembre de este año, se constata que en los libros de la legislatura 1992-1993, no existe registro alguno de ninguna Ordenanza Municipal concerniente al departamento de Santa Cruz, por tanto, la Ordenanza mencionada está siendo aplicada ilegalmente, porque no ha sido aprobada por el Senado Nacional. Al respecto -continúan- existe jurisprudencia del Tribunal Constitucional, ya que en la SC 009/00 de 1 de marzo de 2000, se declaró la inaplicabilidad de la OM 036/97 de 14 de octubre de 1997, del Concejo Municipal de Trinidad, “justamente en atención a que la misma no había sido homologada por el H. Senado Nacional”.
- Gil Mendoza Vargas, Willman Cuellar Pizarro, María Elvira Montero de López y Héctor Jiménez Uriarte
- I.1.1.1
- I.1.1.2
- I.1.1.3
- I.1.1.4
- I.1.1.5
- I.1.2 Personas recurridas y petitorio
- I.2 Admisión y citaciones
- I.3.1
- I.3.2
- I.3.3
- I.3.4
- I.4 Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1
- II.3
- II.4
- II.5 La Resolución Senatorial 050/96-97 de 18 de diciembre de 1996
- II.6 El Senado Nacional, a través de la Resolución 078/97-98, de 9 de diciembre de 1997
- II.7 En 4 de marzo de 2002
- II.8
- a)
- III.1
- 4. Sujetos de tributo
- patentes,
- Ordenanza Municipal (013/93 de 25 de marzo)
- III.3
- debe ser clara, expresa e inequívoca,
- OM 013/93