SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0007/2003
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0007/2003

Fecha: 27-Ene-2003

I.3.4

I.3.4 Dice que los recurrentes no han logrado demostrar que las Ordenanzas Municipales impugnadas sean ilegales, dado que: a) la OM 013/93 de 25 de marzo de 1993, en ningún momento dispone la creación de tasa o patente alguna que merezca la homologación senatorial, en el sentido del art. 66-4) CPE, pues se remite a aspectos administrativos; b) la OM 040/96 de  5 de noviembre de 1996, “aprobada por Resolución Senatorial 078/97-98 de 7 de noviembre de 1997” (sic), ha seguido todo el procedimiento legal y constitucional para ser obligatoria y válida, además que continúa vigente porque no ha sido abrogada por otra Ordenanza, de tal modo que las Resoluciones Senatoriales  069/01-02, 077/01-02 y 003/01-02, impusieron la revocatoria, primero, y luego la reposición de la OM 040/96, “fuente originaria de la patente de transformación de ganado  en carne y cuero”.