SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0027/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0027/2003-R

Fecha: 15-Ene-2003

improcedente

La resolución dictada el “30 de octubre de 2002” (sic) (fs.90-93), declaró improcedente el recurso, sin costas por ser excusable, fundándose en que la extinción de la acción penal se pronunció por el Juez Cautelar únicamente respecto a los autores y no con relación al caso de autos que se encuentra en etapa de investigación a cargo del Ministerio Público, pues este ente, conforme a los arts. 124 y siguientes de la Constitución y disposiciones específicas de la Ley Orgánica del Ministerio Público, tiene la finalidad de establecer un esclarecimiento completo de toda situación relacionada con el derecho de propiedad del motorizado actualmente cuestionado, más aún si el recurrente hasta ahora no presentó el carnet de propiedad del vehículo reclamado, lo que determina la inexistencia de actos violatorios a los derechos ciudadanos.