Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0035/2003-R
Fecha: 15-Ene-2003
II.2
II.2 En la sesión del Concejo Municipal de Pampagrande de 16 de julio de 2002 (fs. 25 y 26), se eligió Alcalde a Yamil Callao Vargas, por lo que, por nota de 30 de julio de 2002 (fs. 6), Rosario Menacho de Iriarte, Presidenta del Concejo referido, convocó a la representada del recurrente, a las sesiones de dicho ente deliberante, “de acuerdo al art. 39 inc. 5 de la Ley de Municipalidades Nº 2028”.
- Marcos Benjamín Callao Vargas, en representación de Lenny Muñoz Terrazas
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- I.1.3 Autoridad recurrida y petitorio.
- I.2.1 Ratificación y ampliación del recurso.
- a)
- PROCEDENTE
- II.2
- II.4
- II.5
- II.6
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Los Suplentes asumirán la titularidad cuando los Concejales Titulares
- III.2
- al no haberlo hecho, ha prescrito todo derecho al efecto
- III.3
- III.4
- APRUEBA