SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0035/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0035/2003-R

Fecha: 15-Ene-2003

PROCEDENTE

La Sentencia de 8 de noviembre  de 2002, cursante de fs. 35 a 37, dictada por el Juez  de Partido y de Sentencia de la provincia Florida, del Distrito de Santa Cruz, declara PROCEDENTE el recurso, ordenando la inmediata incorporación de la representada del recurrente al Concejo Municipal de Pampagrande, con estos fundamentos: 1) Lenny Muñoz Terrazas, en su condición de Concejala Suplente acreditada por la Corte Electoral, ha sido convocada por la propia recurrida para que asuma el curul del Concejal Titular; 2) “en cuanto a la incompatibilidad legal en el ejercicio de funciones, acto de elección, como posesión, tanto de Alcalde como habilitación de suplentes y otros que se acusan, la recurrida debe hacerlo prevalecer ante la vía administrativa y el órgano jurisdiccional competente” (sic); 3) los Concejales Suplentes están facultados a reemplazar al Titular cuando éste haya sido elegido Alcalde, según el art. 15 LM, que es lo que ha ocurrido en este caso.