Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1574/2003-R
Fecha: 04-Nov-2003
II.1
II.1 Que el 14 de junio de 2003, en el domicilio de Hernán Baltazar Aquino, a horas cinco y veinte de la mañana, se realiza inspección ocular por el personal de la División Personas de la Policía Técnica Judicial (fs. 2), similar acto se repite a horas siete y treinta de la mañana, con la concurrencia del médico forense y fiscal de materia (fs. 3).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio
- 1
- I.2.2 Informe de las autoridades recurridas
- procedente
- II.1
- II.2
- II.4
- II.6
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- conveniente que sea sustituida por otra
- III.3
- Fragmento 16
- III.4
- Fragmento 18
- APROBAR