SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1574/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1574/2003-R

Fecha: 04-Nov-2003

III.      FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente señala que se encuentra detenido a imputación formal del representante del Ministerio Público por el delito de violación, quien sin que la parte haya instado la acción penal presentó dicho acto jurídico; y que después de casi dos meses de su detención, el Juez Instructor Segundo en lo Penal cautelar, le concedió medidas sustitutivas a la detención preventiva, en base a las certificaciones de antecedentes y conducta en el centro penitenciario donde se encuentra detenido, así como del negocio que tiene y la propiedad de un vehículo y sindicalización de su persona a una asociación de transporte, demostrar que no tiene salidas al exterior ni pasaporte tramitado y el hecho de haber constituido un nuevo domicilio para limitar el peligro de obstaculización, pero que apelada la misma, la Corte Superior en su Sala Penal revocó argumentando que no se habría desvirtuado los motivos que dieron lugar a la detención preventiva, por lo que revocaron el Auto de cesación de la detención preventiva y determinaron la subsistencia de la misma. Por tanto corresponde determinar si tales extremos son evidentes y si ameritan la protección que brinda el art. 18 CPE.