Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1574/2003-R
Fecha: 04-Nov-2003
III.4
III.4 En cuanto a la acción ilegalmente intentada, la falta de instancia de parte, y otras supuestas irregularidades denunciadas por el recurrente; es necesario dejar establecido, que todos estos extremos deberán ser debatidos en la etapa preparatoria, a través de los mecanismos establecidos por ley.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio
- 1
- I.2.2 Informe de las autoridades recurridas
- procedente
- II.1
- II.2
- II.4
- II.6
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- conveniente que sea sustituida por otra
- III.3
- Fragmento 16
- III.4
- Fragmento 18
- APROBAR