Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1587/2003 -R
Fecha: 10-Nov-2003
I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
Con esos antecedentes, plantea recurso de amparo constitucional contra Fernando Barthelemi Taborga, Director de Pensiones, pidiendo la restitución de su renta de jubilación, a partir de abril del 2003, que en caso de exigírsele la devolución de recursos por doble percepción, se le inicie la acción correspondiente, donde pueda asumir su defensa, estableciendo también que las rentas de jubilación no pueden suspenderse unilateralmente, por el principio de continuidad que caracteriza a los medios de subsistencia.