Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1587/2003 -R
Fecha: 10-Nov-2003
II.1
II.1 Que, por Resoluciones 06239 de 5 de diciembre de 1995 y 008423 de 28 de julio de 1997, emitidas por la Comisión Regional de Prestaciones del Fondo de Pensiones Básicas y la Comisión Nacional de Prestaciones, se otorgó a Mario Borda Andrade, como ex funcionario de la Corporación Minera de Bolivia (COMIBOL) renta de vejez, con reducción de edad, en atención al carácter insalubre y peligroso del trabajo, conforme a la norma contenida en el art. 46 del Código de Seguridad Social (CSS), que prevé para los varones, (en estos casos) como edad mínima cincuenta años, teniendo el beneficiario como fecha de nacimiento el 25 de diciembre de 1942 (fs. 4, 44 y 45).