SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1604/2003-R
Fecha: 10-Nov-2003
el Alcalde Municipal de Guanay, mediante Resolución Administrativa HAMG-D-633/2002 de 20 de diciembre de 2002
El FPS, por carta 2233/2002 de 18 de diciembre (fs. 252), dio la no objeción al proceso de contratación, en atención a lo que el Alcalde Municipal de Guanay, mediante Resolución Administrativa HAMG-D-633/2002 de 20 de diciembre de 2002 (fs. 257), resolvió: “autorizar a la 'Empresa Constructora OTZ Ltda' la ejecución del Proyecto de Inversión Camino Tomachi Mayaya, la misma que ha sido calificada por la Comisión compuesta por el personal administrativo y técnico del Municipio de guanay, de acuerdo a las propuestas presentadas según la Invitación Pública Nº LPZ-0702-013-02” . Por nota de la misma fecha (fs. 387), el ejecutivo municipal comunicó a OTZ Ltda., la adjudicación a su favor. El mismo 20 de diciembre, el Concejo Municipal de Guanay dictó la Resolución 183/02 (fs.385), autorizando al Alcalde la suscripción del contrato con OTZ Ltda.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- el Alcalde Municipal de Guanay, mediante Resolución Administrativa HAMG-D-633/2002 de 20 de diciembre de 2002
- II.6.
- II.7.
- III.1.
- de oposición
- RA 56/2002 de 17 de diciembre
- esta instancia dentro del mismo proceso de licitación
- el agotamiento de todas las instancias dentro del proceso o vía legal, sea administrativa o judicial, donde se acusa la vulneración
- III.3.
- 1442/2002-R,