SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1604/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1604/2003-R

Fecha: 10-Nov-2003

RA 56/2002 de 17 de diciembre

Sin embargo, como quiera que ambas resoluciones observadas hicieron retrotraer el trámite de la licitación hasta que se preste el informe final, en base al cual la nueva Autoridad Responsable del Proceso de Contratación emitió la RA 56/2002 de 17 de diciembre adjudicando la obra al Consorcio ARG-COPESA-ICA, la empresa recurrente debió plantear el recurso de impugnación contra esta última resolución dentro de los tres días hábiles siguientes a su notificación, como mandan los arts. 80 y 81 del DS 25964 modificados por el art. 2 del DS 26208, toda vez que a través del mencionado recurso podía perfectamente objetar todo el proceso de licitación y las supuestas irregularidades cometidas en el mismo, tales como el presunto pronunciamiento de las resoluciones impugnadas, sin competencia, por la autoridad recurrida, pidiendo en definitiva la revocatoria de la resolución de adjudicación por esos motivos.