Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1604/2003-R
Fecha: 10-Nov-2003
II.6.
II.6. En 20 de diciembre de 2002 (fs.-24 a 29), el FPS y el Gobierno Municipal de Guanay, suscribieron el Contrato de Transferencia y Financiamiento, en cuya cláusula tercera (referida al Objeto), se expresa que por Resolución 02-019-02 de 25 de octubre de 2002, el FPS aprobó el financiamiento de la Ejecución de Inversión del Proyecto Inv-Camino Vecinal Tomachi Mayaya, por un monto de $US238.548,67 del cual, el FPS financiará el 85% y la Alcaldía el 15%. La cláusula séptima-g) de este Contrato, señala entre las obligaciones del Gobierno Municipal la de solicitar al FPS, con carácter previo a la adjudicación, la no objeción al proceso de contratación y calificación.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- el Alcalde Municipal de Guanay, mediante Resolución Administrativa HAMG-D-633/2002 de 20 de diciembre de 2002
- II.6.
- II.7.
- III.1.
- de oposición
- RA 56/2002 de 17 de diciembre
- esta instancia dentro del mismo proceso de licitación
- el agotamiento de todas las instancias dentro del proceso o vía legal, sea administrativa o judicial, donde se acusa la vulneración
- III.3.
- 1442/2002-R,