Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1725/2003 - R
Fecha: 28-Nov-2003
II.6
II.6 Que, tramitado que fue el proceso, el 7 de febrero de 2002 el Juez recurrido dictó Sentencia por la que declaró probada la demanda, amparando la posesión de 1.000.0000 has. y disponiendo la restitución del bien despojado en una extensión de 600.000 has. (fs. 31-33); notificándose al recurrente en la misma fecha, mediante cédula fijada en su domicilio señalado a fs. 123 (fs. 34 vta. o fs. 192 vta. del expediente original).