SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1725/2003 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1725/2003 - R

Fecha: 28-Nov-2003

procedente

Concluida la audiencia, el Juez Segundo de Partido de Sentencia de Montero de la Provincia Santistevan, declaró procedente el recurso y anuló obrados hasta el estado de la notificación con la sentencia, o sea hasta fs. 192 vta., sin costas, con los fundamentos siguientes: a) con la sentencia se debió notificar a los demandados             -recurrentes- en el domicilio real señalado en la demanda, conforme establece el art. 137-4) CPC, pero violando esa norma se ha procedido conforme a los arts. 133 y 135 CPC y; b) la orden expresa de notificar con el decreto de ejecutoria a los demandados en el domicilio señalado en la demanda, no subsana el error en la notificación con la sentencia en un domicilio procesal que fue tenido como inexistente.