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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1789/2003-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1789/2003-R

    Fecha: 05-Dic-2003

    1375/2003-R

    En el caso sometido a revisión, la recurrente no interpuso demanda contenciosa administrativa contra la Resolución Administrativa SSC/IRJ/058/2002 dictada por el Superintendente del Servicio Civil, cuando de acuerdo a la normativa citada en la Sentencia transcrita, tiene la potestad de plantear tal demanda, no pudiendo a través del amparo constitucional suplir esa vía, motivo que  refrenda la improcedencia de este recurso subsidiario.

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3.Autoridad recurrida y petitorio
    • a)
    • improcedente
    • II.1.
    • II.2.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2.
    • transcurrieron más de ocho meses
    • le fue notificada el 3 de diciembre de 2002
    • pues dejó  pasar
    • Las decisiones emitidas por la Superintendencia de Servicio Civil son definitivas y no admiten, en la vía administrativa, recurso ulterior alguno, salvo el contencioso administrativo
    • la Resolución Administrativa dictada por el Superintendente del Servicio Civil, al resolver un recurso jerárquico, sólo puede ser impugnada en la vía judicial en un proceso contencioso-administrativo
    • 1375/2003-R
    • APRUEBA

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