SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1789/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1789/2003-R

Fecha: 05-Dic-2003

transcurrieron más de ocho meses

En consecuencia, desde el 26 de octubre de 2001 hasta el  18 de julio de 2002, fecha en la que la recurrente solicitó al Presidente Ejecutivo del SIN se pronuncie respecto de la aclaración que efectuó en la  nota que le habría remitido en 26 de octubre de 2001, transcurrieron más de ocho meses  durante los cuales  la actora no realizó pedido, demanda ni  reclamo alguno  en relación a  su reincorporación al cargo que ostentaba en GRACO-Cochabamba.