Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1834/2003-R
Fecha: 11-Dic-2003
II.2.
II.2. Mediante carta de 25 de julio de 2002 (fs. 4 y 5), la recurrente reclamó por la rebaja de su sueldo ante el Secretario del Pleno del Consejo de la Judicatura, Ronald Camacho Santiváñez. En el cuaderno procesal remitido a este Tribunal no figura respuesta alguna, así como tampoco otra carta o memorial que la actora hubiera presentado la pasada gestión 2002.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- junio de 2002,
- durante la gestión 2001 no se evidencia ninguna documental que permita concluir que realizó reclamo alguno respecto de esa situación, hasta el 3 de abril de 2002
- pues permitió que pasen
- III.2.
- III.3.
- APRUEBA