Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1926/2003 - R
Fecha: 15-Dic-2003
II.3.2
II.3.2 Para el mismo efecto el co-recurrente presentó: a) certificado de matrimonio, b) certificados de nacimiento de tres hijos, nacidos el 1 de octubre de 1981, 6 de marzo de 1999 y 6 de diciembre de 1990, c) certificado de domicilio verificado por funcionarios de la División de Registro y Archivos, d) certificados negativos de sentencia condenatoria en su contra y de antecedentes policiales; e) certificados de trabajo (fs. 39-59).