Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0016/2003
Fecha: 19-Feb-2003
III.3
III.3 El art. 1 del DS 25873, de 18 de agosto de 2000, determina que el propósito de ese cuerpo normativo es el de establecer los alcances de la intervención administrativa preventiva dispuesta por la Superintendencia de Telecomunicaciones en COTEL Ltda, señalando las atribuciones y facultades que debe ejercitar el interventor que se designe, de conformidad a lo dispuesto en el art. 10, inciso f) LSIRESE; art. 17 LT y las disposiciones reglamentarias del Decreto Supremo 24132 en lo pertinente.
- Roberto Fernández Orosco, Diputado Nacional por el Departamento de Cochabamba,
- I.1 Contenido del recurso.
- I.2 Admisión y citaciones.
- I.3 Alegaciones del personero que generó la norma la norma impugnada.
- como acción no vinculada a un caso concreto,
- I.4 Trámite procesal en el Tribunal.
- II.1
- II.2
- III.1
- III.2
- III.3
- III.4
- III.5
- CONSTITUCIONALIDAD del inc. d) del art. 2, así como la primera parte del art. 6, ambos del DS 25873 de 18 de agosto de 2000.