SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0196/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0196/2003-R

Fecha: 21-Feb-2003

a partir de la vigencia anticipada de las medidas cautelares dispuestas por la L. Nº 1970

“...en cuanto a la solicitud de “libertad provisional” que efectúa el actor, a partir de la vigencia anticipada de las medidas cautelares dispuestas por la L. Nº 1970 de acuerdo a su Disposición Transitoria Primera numeral 1), desde el 31 de mayo de 2000 quedó tácitamente derogada la L. Nº 1685 de Fianza Juratoria -que establecía el beneficio de libertad provisional bajo fianza juratoria- encontrándose ahora vigentes las medidas cautelares reguladas por el Nuevo Cód. Pdto. Penal.