Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0229/2003-R
Fecha: 26-Feb-2003
I.2 Audiencia y Resolución del Tribunal de Hábeas Corpus.
De fs. 14 a 23 cursa el acta de la audiencia pública realizada el 10 de enero de 2003, en la que el Tribunal del recurso emitió un Auto rechazando el contenido del memorial de fs.8, por el que las abogadas Jimena R. Fernández Herrera, Naid Erica Díaz Bilbao y Berledy Zeballos comunicaron al Tribunal de hábeas corpus que entregaron pases profesionales a los menores recurrentes, por lo que pidieron “se deje sin efecto el memorial de hábeas corpus de fecha 9 de enero de 2003”, en esa virtud, la Corte nombró un abogado defensor de oficio para que asista a los adolescentes recurrentes. Una vez dictada esa decisión, prosiguió la audiencia con los siguientes actuados:
- David Tola Huanca y José Luis Panamá Flores
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio.
- I.2 Audiencia y Resolución del Tribunal de Hábeas Corpus.
- a)
- improcedente
- II.2
- II.3
- II.5
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- Fragmento 12
- 1)
- comprobada la comisión de una infracción
- III.2
- III.3
- bajo el sistema de puertas abiertas