Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0229/2003-R
Fecha: 26-Feb-2003
II.3
A las 19:30 se comunicó lo sucedido a la Fiscal de Turno Abigail Saba Salas, quien -conforme lo señala en audiencia- luego de trasladarse a la vivienda en que habría acaecido el hecho y al Albergue donde entrevistó a los menores, dio parte de los antecedentes al “Fiscal especializado del Menor y Adolescencia”. No se tiene constatado qué Fiscal habría remitido actuados al Juez de la Niñez y Adolescencia el 6 de enero.
- David Tola Huanca y José Luis Panamá Flores
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio.
- I.2 Audiencia y Resolución del Tribunal de Hábeas Corpus.
- a)
- improcedente
- II.2
- II.3
- II.5
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- Fragmento 12
- 1)
- comprobada la comisión de una infracción
- III.2
- III.3
- bajo el sistema de puertas abiertas