Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0229/2003-R
Fecha: 26-Feb-2003
improcedente
La Resolución 06/2003 de 10 de enero de 2003, cursante de fs. 24 a 26, pronunciada por la Sala Social de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, declara improcedente el recurso, con el fundamento de que los recurridos no han violado ninguna disposición legal ni derechos de los recurrentes al disponer su internación en las dependencias del SEDEGES, sino que han cumplido lo dispuesto por el Código del Niño, Niña y Adolescente.
- David Tola Huanca y José Luis Panamá Flores
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio.
- I.2 Audiencia y Resolución del Tribunal de Hábeas Corpus.
- a)
- improcedente
- II.2
- II.3
- II.5
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- Fragmento 12
- 1)
- comprobada la comisión de una infracción
- III.2
- III.3
- bajo el sistema de puertas abiertas