Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0283/2003- R
Fecha: 11-Mar-2003
II.3
II.3 Que el 17 de mayo de 2002, la recurrente asumiendo tener conocimiento de la inhabilitación del nombrado Concejal Titular, solicitó su incorporación al Concejo. Posteriormente por escrito de 4 de junio, argumentando lo manifestado en la SC 517/2002-R solicitó nuevamente que el Concejo se pronuncie declarando la renuncia tácita en cumplimiento de lo dispuesto por los arts. 26 y 27-3) LM, pedido que reiteró el 21 de junio acompañando prueba que se le requirió (fs. 14) e igualmente insistió en el mismo el 9 de julio (fs. 15), a lo cual, el 12 de julio, el recurrido decretó que la recurrente debía acreditar la incompatibilidad sobreviniente al tenor del art. 26 LM (fs. 15 vta.).