SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0283/2003- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0283/2003- R

Fecha: 11-Mar-2003

II.4

II.4   Que reiterando sus argumentos sobre la renuncia tácita la recurrente el 2 de agosto de 2002, solicita la reconsideración de dicho decreto a lo cual se provee el 30 de agosto de 2002 que la denuncia sobre doble percepción de sueldos ya había sido procesada por la Comisión de Ética el 19 de marzo, remitiéndose a consecuencia de ello los obrados a la Contraloría Departamental de Cochabamba (fs. 16-17), siendo evidente este extremo, pues cursa el informe final de dicha Comisión con fecha 29 de abril en el que se solicita se dicte Resolución Municipal declarándose procedente la denuncia y se convoque a la Concejal Suplente (fs. 19-23), a lo cual se dio curso por dos votos conformes en la sesión de 10 de mayo de 2002 dictándose la Resolución Municipal 023/2002 de 14 de mayo de 2002 (fs. 25-26, 27),  pero “En cumplimiento y observancia” de la SC 517/2002 la Resolución Municipal 030/2002, abroga la Resolución Municipal “052/2001 de fecha 14/12/2001” declarando improcedente la denuncia (fs. 120).