Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0283/2003- R
Fecha: 11-Mar-2003
II.5
II.5 Que el 5 de noviembre de 2002, la recurrente reproduciendo la Resolución 023/2002 reitera su pedido de habilitación y convocatoria (fs. 30-31), ante lo cual, el recurrido por decreto de 19 del mismo mes y año, en lo principal, señala que al dictarse la SC 517/2002-R la Resolución de la Comisión de Ética quedó sin efecto y los demás actos que se originaron por la denuncia, debiendo la recurrente observar lo previsto en el art. 34 del Reglamento Interno y 31-II LM o en su caso promover la acción legal para establecer la renuncia tácita (fs. 33 vta.).